Micelio
Auto13 de mayo de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Giraldo Nauffal Juan Fernando·Demandado Secretaria De Hacienda De Fredonia Antioquia

Tema · dato duro
Recurso De Insistencia En El Trámite De Una Petición Ciudadana Cuando No Exista Un Juez Administrativo En El Municipio Sede De La Autoridad Que Aplicó La Reserva.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Recurso de insistencia en el trámite de una petición ciudadana cuando no exista un juez administrativo en el municipio sede de la autoridad que aplicó la reserva
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 027 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado 001 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Fredonia, Antioquia, causado por un recurso de insistencia presentado por un ciudadano, ante la negativa de la Secretaría de Hacienda de Fredonia, Antioquia, de otorgar la información requerida por aquel, para establecer si dicha entidad profirió actos administrativos de liquidación del efecto y/o participación en plusvalía entre el 01 de enero/24 y el 17 de enero/25, al catalogarla como reservada.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que al caso debe aplicarse la regla de decisión del Auto 1993/24 que estableció que, la Jurisdicción Ordinaria es competente para conocer el recurso de insistencia cuando no exista un juez administrativo en el municipio sede de la autoridad que aplicó la reserva, en el trámite de una petición ciudadana.

Lo anterior, en aplicación de lo preceptuado en el artículo 26 del CPACA y modificado por el artículo primero de la Ley 1755/15, así como lo establecido en la Sentencia C-951/14.

En este caso, porque la Secretaría de Hacienda de Fredonia, Antioquia, tiene su sede en dicha municipalidad, pues hace parte de la administración municipal.

Lo anterior implica que la sede de la autoridad que aplicó la reserva está ubicada en ese municipio y el mencionado municipio no cuenta con un juez administrativo.

Se remite el expediente al Juzgado 001 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Fredonia, Antioquia, para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 027 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y el Juzgado 001 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Fredonia, Antioquia, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 001 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Fredonia, Antioquia, es la autoridad competente para conocer el recurso de insistencia presentado por Juan Fernando Giraldo Nauffal ante la negativa de la Secretaría de Hacienda de Fredonia, Antioquia, de otorgar la información requerida por considerarla reservada.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-6481 al Juzgado 001 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Fredonia, Antioquia, para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado 027 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a los interesados en este trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.